Vida Colectivo Obligatorio y Convenio Colectivo

Vida Colectivo Obligatorio y Convenio Colectivo

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VIDA COLECTIVO OBLIGATORIO: El seguro de Vida Colectivo Obligatorio (Decreto 1567/74) brinda protección económica a un grupo de personas vinculado por una relación laboral, profesional o asociativa, otorgando una indemnización a los beneficiarios designados ante el fallecimiento del asegurado.

Cobertura básica: Fallecimiento por cualquier causa, incluido suicidio. Cobertura las 24 hs. en cualquier lugar del mundo.

SEGURO DE VIDA CONVENIO COLECTIVO: Es un seguro de vida adicional, exigido por determinados Convenios Colectivos de Trabajo, destinado a brindar una protección económica a los trabajadores comprendidos en la actividad. Las condiciones, sumas aseguradas y alcances dependen de lo establecido por cada convenio colectivo y de la normativa aplicable. Puede contemplar: Fallecimiento, invalidez total y permanente, y capitales asegurados definidos por convenio.

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